NIIF 9

Artículo B5.2.1. B5.2.1 Si un instrumento financiero, que se reconocía previamente como un activo financiero, se mide al valor

Texto Legal

B5.2.1 Si un instrumento financiero, que se reconocía previamente como un activo financiero, se mide al valor
razonable con cambios en resultados y éste cae por debajo de cero, será un pasivo financiero medido de
acuerdo con el párrafo 4.2.1. Sin embargo, los contratos híbridos con anfitriones que son los activos dentro
del alcance de esta Norma se miden siempre de acuerdo con el párrafo 4.3.2.
B5.2.2 El ejemplo siguiente ilustra la contabilidad de los costos de transacción en la medición inicial y posterior de
un activo financiero medido al valor razonable con cambios en otro resultado integral, de acuerdo con el
párrafo 5.7.5 o 4.1.2A. Una entidad adquiere un activo financiero por 100 u.m. más una comisión de
compra de 2 u.m. Inicialmente, la entidad reconoce el activo por 102 u.m. El periodo de presentación
termina al día siguiente, cuando el precio de mercado cotizado del activo es de 100 u.m. Si el activo fuera
vendido, se pagaría una comisión de 3 u.m. En esa fecha, la entidad mide el activo a 100 u.m. (sin tener en
cuenta la posible comisión de venta) y reconoce una pérdida de 2 u.m. en otro resultado integral. Si el activo
financiero se mide a valor razonable con cambios en otro resultado integral de acuerdo con el párrafo
4.1.2A, los costos de transacción se amortizarán contra el resultado del periodo utilizando el método del
interés efectivo.
B5.2.2A La medición posterior de un activo financiero o pasivo financiero y el reconocimiento posterior de las
ganancias y pérdidas descritas en el párrafo B5.1.2A, será congruente con los requerimientos de esta
Norma.

Inversiones en instrumentos de patrimonio y contratos sobre dichas
inversiones

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo B5.2.1 del NIIF 9?

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