Información a revelar
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Para cada tipo de provisión, la entidad debe informar acerca de:
(a)
el importe en libros al principio y al final del periodo;
(b)
las dotaciones efectuadas en el periodo, incluyendo también los
incrementos en las provisiones existentes;
(c)
los importes utilizados (esto es, aplicados o cargados contra la provisión)
en el transcurso del periodo;
(d)
los importes no utilizados que han sido objeto de liquidación o reversión
en el periodo; y
(e)
el incremento durante el periodo en el importe descontado que surge del
paso del tiempo y el efecto de cualquier cambio en la tasa de descuento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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