Sucesos futuros
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Los sucesos futuros, que puedan afectar a la cuantía necesaria para cancelar la
obligación, deben ser objeto de reflejo en la evaluación de la misma, siempre que
haya una evidencia objetiva suficiente de que puedan aparecer efectivamente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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