NIC 19

Artículo 96. Costo de servicio pasado

Texto Legal

Costo de servicio pasado
96
Al medir sus pasivos por beneficios definidos de acuerdo con el párrafo 54, la
entidad procederá a reconocer, con las condiciones expuestas en el párrafo 58A,
el costo de servicio pasado como un gasto, repartiéndolo linealmente entre el
periodo medio que reste hasta la consolidación definitiva del derecho a recibir
los beneficios de forma irrevocable. No obstante, cuando los beneficios resulten
irrevocables de forma inmediata tras la introducción, o tras cualquier cambio,
de un plan de beneficios definidos, la entidad procederá a reconocer, en los
beneficios netos, de forma inmediata los costos de servicio pasado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 96 del NIC 19?

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