NIC 19

Artículo 159C. 159C

Texto Legal

159C
La opción de los párrafos 93A a 93D puede utilizarse para periodos anuales que
terminen a partir del 16 de diciembre de 2004. La entidad que utilice dicha opción en
periodos anuales que comiencen antes del 1 de enero de 2006 aplicará también las
modificaciones contenidas en los párrafos 32A, 34 a 34B, 61, 120 y 121.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 159C del NIC 19?

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