NIC 19

Artículo 1245. 1245

Texto Legal

1245
NIC 19
un significado similar a un punto porcentual en un entorno de baja
inflación.
(p)

(q)

Los importes correspondientes al periodo anual corriente y para los
cuatro periodos anuales precedentes, en:
(i)

el valor presente de las obligaciones por beneficios definidos, el valor
razonable de los activos del plan y el superávit o déficit en el plan; y

(ii)

los ajustes por experiencia que surgen de:
(a)

los pasivos del plan expresados como (1) un importe o (2) un
porcentaje de los pasivos del plan al final del periodo sobre el
que se informa, y

(b)

los activos del plan expresados como (1) un importe o (2) un
porcentaje de los activos del plan al final del periodo sobre el
que se informa.

La mejor estimación del empleador, en tanto pueda ser determinada
razonablemente, de las aportaciones que se espera pagar al plan durante
el periodo anual que comience después del periodo sobre el que se
informa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1245 del NIC 19?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1245 del NIC 19?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1245 NIC 19 desde tu celular