Constitucion

Artículo 251.

Texto Legal

- Consejo Economico y Social. La concertacion social es un instrumento esencial para asegurar la participacion organizada de empleadores, trabajadores y otras organizaciones de la sociedad en la construccion y fortalecimiento permanente de la paz social. Para promoverla habra un Consejo Economico y Social, organo consultivo del Poder Ejecutivo en materia economica, social y laboral, cuya conformacion y funcionamiento seran establecidos por la ley. TITULO XII DE LAS FUERZAS ARMADAS, DE LA POLICIA NACIONAL Y DE LA SEGURIDAD Y DEFENSA CAPITULO I DE LAS FUERZAS ARMADAS

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 251 del Constitucion?

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