Constitucion

Artículo 241.

Texto Legal

- Estrategia de desarrollo. El Poder Ejecutivo, previa consulta al Consejo Economico y Social y a los partidos politicos, elaborara y sometera al Congreso Nacional una estrategia de desarrollo, que definira la vision de la Nacion para el largo plazo. El proceso de planificacion e inversion publica se regira por la ley correspondiente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 241 del Constitucion?

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