Calcula tus dias de vacaciones por antiguedad, prima vacacional y el monto neto a recibir conforme a la Ley Federal del Trabajo vigente.
Minimo 25% por ley
Por defecto: hoy
Los días salen de la tabla del Art. 76 LFT (reforma 2023): 12 días al cumplir el primer año, +2 por año hasta 20 en el quinto, y +2 por cada 5 años a partir del sexto. La prima vacacional está exenta de ISR hasta 15 días de UMA ($1,759.65 en 2026, Art. 93 fracc. XIV LISR); solo el excedente causa impuesto.
Trabajador con $15,000/mes ($500 diarios) y exactamente 3 años de antigüedad en 2026.
· Días por 3 años (Art. 76 LFT): 16 días
· Vacaciones: $500 × 16 = $8,000.00
· Prima vacacional 25%: $2,000.00
· Prima exenta (15 UMA): $1,759.65 → gravado $240.35 → ISR $4.61
· Total neto: $10,000.00 − $4.61 = $9,995.39
El monto mostrado corresponde al periodo completo de vacaciones; si aún no cumples el aniversario, el pago real será proporcional. El ISR sobre la prima se estima con la tabla mensual del Art. 96 LISR de forma aislada — el patrón normalmente lo retiene junto con el sueldo del periodo, lo que puede variar el resultado. No incluye prestaciones superiores de contratos colectivos.
Las vacaciones y prima vacacional son prestaciones obligatorias establecidas en la LFT (reforma 2023).
Nuestros especialistas pueden asesorarte sobre vacaciones, aguinaldo, PTU y demas obligaciones patronales conforme a la ley vigente.
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