Calcula el ISR mensual y anual del Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas, con tasas del 1% al 2.5% y retención del 1.25%.
Solo ingresos efectivamente cobrados y amparados por CFDI
1.25% de lo facturado a personas morales (Art. 113-J)
La tasa (1% a 2.5%) sale de la tabla mensual del Art. 113-E o de la anual del Art. 113-F LISR según el nivel de ingresos. En RESICO no se restan deducciones: la tasa reducida las sustituye. Los pagos provisionales solo se acreditan en la declaración anual — los pagos mensuales de RESICO no son acumulativos, cada mes se calcula por separado.
Un freelancer cobra $45,000 en el mes, de los cuales $20,000 fueron facturados a una persona moral (retención: $250).
· Tasa del rango $25,000.01–$50,000: 1.10%
· ISR causado: $45,000 × 1.10% = $495.00
· Pago del mes: $495.00 − $250.00 = $245.00
El cálculo replica las tablas vigentes de la LISR (sin cambios desde 2022) y es exacto para el supuesto general de persona física en RESICO. No contempla ingresos exentos, actividades del sector primario con facilidades, ni la salida del régimen a mitad de ejercicio. Tampoco calcula IVA, que se causa por separado. Para esos casos, consulta a nuestros especialistas.
El Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas está regulado en la Sección IV del Capítulo II del Título IV de la LISR. Consulta el texto completo en nuestro compendio:
Nuestros especialistas pueden confirmar tu elegibilidad, regularizar tus declaraciones y ayudarte a decidir si RESICO es tu mejor opción.
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