Arts. 48, 50, 123 CPEUM, 162 LFT

Calculadora de Indemnizacion Laboral 2026

Calcula tu liquidacion completa por despido injustificado, rescision patronal o terminacion colectiva. Incluye 3 meses constitucionales, 20 dias por ano, prima de antiguedad, prestaciones proporcionales y salarios caidos conforme a la LFT.

Datos del trabajador

Por defecto: hoy

Tablas 2026

En el periodo actual (desde ultimo aniversario)

Incluir salarios caidos (Art. 48 LFT)

Despido Injustificado (Art. 48 LFT)

Cuando el patron despide al trabajador sin causa justificada conforme al Art. 47 de la LFT, el trabajador tiene derecho a la indemnizacion constitucional completa.

Conceptos que corresponden:

  • 3 meses de salario (indemnizacion constitucional, Art. 123-A-XXII CPEUM)
  • 20 dias por cada ano de servicio (Art. 50-II LFT)
  • Prima de antiguedad: 12 dias por ano (Art. 162 LFT)
  • Vacaciones proporcionales (Art. 76 LFT)
  • Prima vacacional (Art. 80 LFT)
  • Aguinaldo proporcional (Art. 87 LFT)
  • Salarios caidos (Art. 48 LFT, si aplica)

Derechos del Trabajador en la Terminacion Laboral

Conoce los conceptos que integran tu liquidacion segun el tipo de terminacion de la relacion laboral.

Indemnizacion Constitucional

El Articulo 123, Apartado A, fraccion XXII de la Constitucion establece que el patron que despida a un trabajador sin causa justificada debera indemnizarlo con el importe de tres meses de salario.

Art. 123-A-XXII CPEUM + Art. 48 LFT

Salario diario x 90 dias = 3 meses de salario

20 Dias por Ano de Servicio

Ademas de los 3 meses constitucionales, el trabajador tiene derecho a recibir 20 dias de salario por cada ano de servicio prestado. Este concepto se calcula de forma proporcional.

Art. 50, Fraccion II, LFT

Salario diario x 20 x anos de servicio

Prima de Antiguedad

Consiste en 12 dias de salario por cada ano de servicio. El salario base para este calculo no puede exceder del doble del salario minimo. En renuncia voluntaria, solo aplica si el trabajador tiene 15 o mas anos de antiguedad.

Art. 162 LFT

min(Salario diario, $630.08) x 12 x anos de servicio

Prestaciones Proporcionales

Independientemente del tipo de terminacion, todo trabajador tiene derecho a sus prestaciones proporcionales: vacaciones, prima vacacional y aguinaldo por el tiempo efectivamente laborado.

Arts. 76, 80 y 87 LFT

Vacaciones + 25% prima vacacional + aguinaldo proporcional (15 dias/ano)

Tabla de Vacaciones (Art. 76 LFT)

Reforma 2023 vigente

Anos de servicioDias de vacaciones
112
214
316
418
520
6 a 1022
11 a 1524
16 a 2026
21 a 2528
26 a 3030
31 a 3532

Cómo funciona esta calculadora

Fórmula (despido injustificado)

Indemnización = salario diario × 90 (3 meses)
+ salario diario × 20 × años de servicio
+ min(salario, 2 × SM) × 12 × años (prima de antigüedad)
+ proporcionales (vacaciones, prima 25%, aguinaldo)

Los 3 meses vienen del Art. 123-A-XXII constitucional y el Art. 48 LFT; los 20 días por año, del Art. 50 LFT; la prima de antigüedad de 12 días por año con salario topado al doble del mínimo, del Art. 162 LFT. Los años de servicio se usan con fracción (años + meses/12 + días/365). Si marcas salarios caídos, se agregan los meses de litigio que captures (el Art. 48 LFT los limita a 12 meses).

Datos que necesitas

  • Salario diario (idealmente el integrado del Art. 84 LFT)
  • Fechas de ingreso y separación
  • Tipo de terminación y, en su caso, meses de litigio

Ejemplo trabajado

Despido injustificado con $500 diarios, ingreso el 2 de mayo de 2022 y separación el 15 de agosto de 2026 (4.29 años de servicio).

· 3 meses: $500 × 90 = $45,000.00

· 20 días/año: $500 × 20 × 4.29 = $42,856.16

· Prima de antigüedad: $500 × 12 × 4.29 = $25,713.70 (sin tope: $500 < $630.08)

· Proporcionales ≈ $7,860

· Total ≈ $121,430 − ISR ≈ $4,615 → neto ≈ $116,815

Exactitud y limitaciones

El ISR es una estimación: exenta 90 UMA por año de servicio (Art. 93 fracc. XIII LISR) y grava el resto mensualizado con la tabla del Art. 96 LISR; el procedimiento fino para ingresos por separación puede dar un monto distinto. El cálculo usa tu salario diario capturado — si percibes bonos, comisiones o prestaciones, la ley ordena indemnizar con salario integrado y el monto real sería mayor. Un convenio ante la Junta o Centro de Conciliación puede pactar cifras diferentes.

Preguntas Frecuentes

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