Calcula tu finiquito laboral con desglose completo de vacaciones proporcionales, prima vacacional, aguinaldo proporcional e ISR conforme a la Ley Federal del Trabajo.
Por defecto: hoy
Mínimo 25% por ley
Mínimo 15 por ley
El finiquito paga lo devengado y no cobrado al terminar la relación laboral, cualquiera que sea la causa: vacaciones proporcionales (Art. 76 LFT), prima vacacional mínima del 25% (Art. 80 LFT) y aguinaldo proporcional mínimo de 15 días (Art. 87 LFT). Para el ISR, la prima vacacional está exenta hasta 15 UMA y el aguinaldo hasta 30 UMA (Art. 93 LISR); las vacaciones se gravan completas.
Trabajador con $12,000/mes ($400 diarios), ingreso el 2 de mayo de 2023 y separación el 15 de agosto de 2026 (3 años cumplidos → 16 días de vacaciones).
· Vacaciones: 16 × (105/365) × $400 ≈ $1,841
· Prima vacacional 25% ≈ $460 (exenta: menor a 15 UMA)
· Aguinaldo: 15 × (~226/365) × $400 ≈ $3,715 (exento hasta $3,519.30)
· Bruto ≈ $6,016 − ISR ≈ $93 → neto ≈ $5,924
No incluye salarios pendientes de la última semana o quincena ni otras prestaciones de contrato (vales, fondo de ahorro), que también forman parte del finiquito. El ISR se estima aplicando la tabla mensual del Art. 96 LISR al total gravado en una sola exhibición — el método exacto del patrón puede variar el monto. Si hubo despido injustificado, usa la Calculadora de Liquidación, que agrega las indemnizaciones de los Arts. 48 y 50 LFT.
El finiquito comprende las prestaciones que corresponden al trabajador al terminar la relación laboral.
Nuestros especialistas pueden asesorarte sobre finiquitos, liquidaciones, prestaciones laborales y obligaciones patronales.
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