Calcula el ISR por dividendos con piramidación, acreditamiento del ISR corporativo y el ISR adicional del 10%.
Ingresa el monto del dividendo y su origen
Los dividendos se acumulan a la declaración anual de la persona física multiplicándolos por el factor de piramidación de 1.4286. El ISR corporativo pagado por la empresa se puede acreditar cuando los dividendos provienen de CUFIN.
El Art. 140 LISR obliga a la persona física a acumular el dividendo multiplicado por el factor 1.4286, que reconstruye la utilidad antes del ISR corporativo del 30%. Ese ISR corporativo se acredita contra el ISR personal cuando el dividendo proviene de CUFIN. Además, la empresa retiene el 10% adicional definitivo sobre el dividendo pagado (Art. 140, segundo párrafo). Si el dividendo NO sale de CUFIN, la empresa paga el 30% sobre el monto piramidado (Art. 10 LISR).
Un accionista recibe $500,000 de dividendos de CUFIN.
· Acumulable: $500,000 × 1.4286 = $714,300
· ISR tabla anual (Art. 152): $139,123.02
· Acreditamiento: $714,300 × 30% = $214,290 → ISR neto PF: $0
· ISR adicional: $500,000 × 10% = $50,000 (retención definitiva)
· Dividendo neto: $450,000 (carga fiscal 10%)
El cálculo asume que el dividendo es tu único ingreso acumulable del ejercicio; si tienes sueldos, honorarios u otros ingresos, la tabla del Art. 152 se aplica sobre la suma y el resultado cambia. El excedente del acreditamiento no genera saldo a favor. El 10% adicional aplica a utilidades generadas desde 2014 (para CUFIN 2013 o anterior no aplica). No sustituye la declaración anual ni la asesoría de un contador.
Dudas comunes sobre el ISR en dividendos
El tratamiento fiscal de dividendos está regulado en la LISR para personas morales y físicas.
Nuestros expertos pueden ayudarte a planear la distribución de utilidades de forma fiscalmente eficiente, considerando CUFIN, timing y estrategias legales.
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