Calcula el ISR mensual y anual por ingresos de arrendamiento de inmuebles. Compara deducción ciega (35%) vs gastos reales.
Ingresa tus ingresos por renta y tipo de deducciones
La deducción ciega del 35% aplica automáticamente sobre los ingresos por arrendamiento (Art. 115 LISR). Es independiente de los gastos reales y no requiere comprobantes. Al final se muestra un comparativo para que elijas la mejor opción.
Los ingresos por rentar inmuebles tributan en el Cap. III del Título IV de la LISR (Art. 114-116). El Art. 115 permite elegir entre deducir gastos reales comprobados o la deducción ciega del 35% de los ingresos sin comprobantes (más el predial). A la base resultante se le aplica la tabla mensual del Art. 96 como pago provisional (Art. 116). La calculadora corre ambos escenarios y te muestra cuál paga menos ISR.
Un departamento se renta en $18,000 al mes (tabla 2026, deducción ciega).
· Deducción ciega: $18,000 × 35% = $6,300
· Base gravable: $18,000 − $6,300 = $11,700
· Tabla Art. 96: excedente $4,531.48 × 10.88% + cuota fija $420.95
· ISR mensual: $913.98 (tasa efectiva 5.08%)
· Ingreso neto: $17,086.02
El cálculo replica el pago provisional del Art. 116 LISR con la tabla vigente del ejercicio elegido. No incluye el IVA del arrendamiento comercial (16%), la retención del 10% de ISR cuando el arrendatario es persona moral, ni el predial dentro de la deducción ciega. La proyección anual asume renta constante 12 meses y no sustituye la declaración anual ni la asesoría de un contador.
Dudas comunes sobre el ISR en arrendamiento de inmuebles
Los ingresos por arrendamiento se regulan en el Capítulo III del Título IV de la LISR.
Nuestros expertos pueden ayudarte a elegir el régimen fiscal más conveniente, maximizar tus deducciones y cumplir con tus obligaciones de forma eficiente.
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