NIC 37

Artículo 77. 77

Texto Legal

77
En algunos países, la decisión última de la reestructuración descansa en un órgano o
junta entre cuyos miembros se incluyen representantes de intereses distintos de los
que corresponden a la gerencia (por ejemplo, de empleados), o bien es preciso
informar convenientemente a tales representantes antes de que el órgano de
administración tome la decisión. En tanto en cuanto la decisión tomada por este
órgano implica la comunicación a los anteriores representantes, puede dar lugar a una
obligación implícita para reestructurar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 77 del NIC 37?

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