NIC 37

Artículo 24. 24

Texto Legal

24
Cuando exista un gran número o una cantidad grande de obligaciones similares (por
ejemplo, garantías de productos o contratos similares), la probabilidad de que se
produzca una salida de recursos, para su cancelación, se determinará considerando el
tipo de obligación en su conjunto. Aunque la posibilidad de una salida de recursos
sea pequeña para una determinada partida o tipo de producto en particular, puede
muy bien ser probable una salida de recursos para cancelar el tipo de obligación en su
conjunto. Si tal es el caso, se procederá a reconocer la provisión (siempre que se
cumplan los demás criterios para el reconocimiento).

*

La interpretación del término “probable” en esta Norma como “mayor posibilidad de que un evento se
presente que de lo contrario” no es necesariamente de aplicación a otras Normas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del NIC 37?

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