NIC 37

Artículo 14. Reconocimiento

Texto Legal

Reconocimiento
Provisiones
14
Debe reconocerse una provisión cuando se den las siguientes condiciones:
(a)

una entidad tiene una obligación presente (ya sea legal o implícita) como
resultado de un suceso pasado;

(b)

es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos, que
incorporen beneficios económicos para cancelar tal obligación; y

(c)

puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación.

Si estas condiciones no se cumplen, no debe reconocer una provisión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del NIC 37?

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