NIC 19

Artículo 91. 91

Texto Legal

91
Algunos planes de beneficios post-empleo de atención médica requieren aportaciones
de los empleados para la cobertura de los costos médicos cubiertos por el plan. Las
estimaciones de los costos médicos futuros tendrán en cuenta tales contribuciones,
considerando los términos del plan al final del periodo sobre el que se informa (o
cualquier obligación implícita que pudiera derivarse de tales condiciones). Los
cambios en las aportaciones de los empleados darán lugar a la aparición de costos de
servicio pasado o, si este fuera el caso, a reducciones en el plan. El costo de cubrir las
atenciones médicas puede quedar reducido por los beneficios que puedan recibir de la
sanidad pública o de otros proveedores de servicios médicos (véanse el apartado (c)
del párrafo 83 y el párrafo 87).

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 91 del NIC 19?

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