NIC 19

Artículo 67. Reparto de los beneficios entre los periodos de servicio

Texto Legal

Reparto de los beneficios entre los periodos de servicio
67
Al determinar el valor presente de sus obligaciones por beneficios definidos, así
como los costos que corresponden a los servicios prestados en el periodo
corriente y, en su caso, los costos de servicio pasado, la entidad procederá a
distribuir los beneficios entre los periodos de servicio, utilizando la fórmula de
los beneficios del plan. No obstante, si los servicios prestados por un empleado
en años posteriores van a originar un nivel significativamente más alto de
beneficios que el alcanzado en los años anteriores, la entidad repartirá
linealmente el beneficio en el intervalo de tiempo que medie entre:
(a)

la fecha a partir de la cual el servicio prestado por el empleado le da
derecho al beneficio según el plan (con independencia de que los beneficios
estén condicionados a los servicios futuros); y

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Preguntas Frecuentes

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