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NIC 19
(b)
descontar los anteriores beneficios utilizando el método de la unidad de crédito
proyectada, a fin de determinar el valor presente de la obligación que suponen
los beneficios definidos y el costo de los servicios del periodo corriente
(véanse los párrafos 64 a 66);
(c)
determinar el valor razonable de cualesquiera activos del plan (véanse los
párrafos 102 a 104);
(d)
determinar el importe total de las ganancias o pérdidas actuariales, así como el
importe de aquéllas ganancias o pérdidas a reconocer (véanse los párrafos 92 a
95);
(e)
en el caso de que el plan haya sido introducido de nuevo o hayan cambiado las
condiciones, determinar el correspondiente costo por servicios anteriores
(véanse los párrafos 96 a 101); y
(f)
en el caso de que haya habido reducciones en el plan o liquidación del mismo,
determinar la ganancia o pérdida correspondiente (véanse los párrafos 109 a
115).
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Art. 50. 50
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Art. 51. Si la entidad mantiene más de un plan de beneficios definidos, habrá de aplicar el
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