- Relaciones internacionales y derecho internacional. La Republica Dominicana es un Estado miembro de la comunidad internacional, abierto a la cooperacion y apegado a las normas del derecho internacional, en consecuencia: 1) Reconoce y aplica las normas del derecho internacional, general y americano, en la medida en que sus poderes publicos las hayan adoptado; 2) Las normas vigentes de convenios internacionales ratificados regiran en el ambito interno, una vez publicados de manera oficial; 3) Las relaciones internacionales de la Republica Dominicana se fundamentan y rigen por la afirmacion y promocion de sus valores e intereses nacionales, el respeto a los derechos humanos y al derecho internacional; 4) En igualdad de condiciones con otros Estados, la Republica Dominicana acepta un ordenamiento juridico internacional que garantice el respeto de los derechos fundamentales, la paz, la justicia, y el desarrollo politico, social, economico y cultural de las naciones. Se compromete a actuar en el plano internacional, regional y nacional de modo compatible con los intereses nacionales, la convivencia pacifica entre los pueblos y los deberes de solidaridad con todas las naciones; 5) La Republica Dominicana promovera y favorecera la integracion con las naciones de America, a fin de fortalecer una comunidad de naciones que defienda los intereses de la region. El Estado podra suscribir tratados internacionales para promover el desarrollo comun de las naciones, que aseguren el bienestar de los pueblos y la seguridad colectiva de sus habitantes, y para atribuir a organizaciones supranacionales las competencias requeridas para participar en procesos de integracion; 6) Se pronuncia en favor de la solidaridad economica entre los paises de America y apoya toda iniciativa en defensa de sus productos basicos, materias primas y biodiversidad. SECCION II REPRESENTANTES DE ELECCION POPULAR ANTE PARLAMENTOS INTERNACIONALES
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