- Vigencia Ley de Presupuesto. Cuando el Congreso no haya aprobado el proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado a mas tardar al 31 de diciembre, regira la Ley de Presupuesto General del Estado del ano anterior, con los ajustes previstos en la Ley Organica de Presupuesto, hasta tanto se produzca su aprobacion.
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