Constitucion

Artículo 222.

Texto Legal

- Promocion de iniciativas economicas populares. El Estado reconoce el aporte de las iniciativas economicas populares al desarrollo del pais; fomenta las condiciones de integracion del sector informal en la economia nacional; incentiva y protege el desarrollo de la micro, pequena y mediana empresa, las cooperativas, las empresas familiares y otras formas de asociacion comunitaria para el trabajo, la produccion, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia tecnica y capacitacion oportunos. SECCION II DEL REGIMEN MONETARIO Y FINANCIERO

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 222 del Constitucion?

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